JurídicoESEN
Order (Auto)June 24, 2026

A-820 de 2026

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Topic · hard data
Sin Información
01

Topics and subtopics of the ruling

The case-law reporter has not yet indexed topics for this decision. The summary below describes what it is about.
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 1 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Florencia, el Juzgado 1 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Neiva y el Juzgado 1 Penal del Circuito de Garzón (Huila).

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Todas presentaron argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte actora.

Con base en el criterio a prevención la Corte dirimió el conflicto asignando el asunto al juzgado de la ciudad que escogió el accionante para instaurar el mecanismo constitucional.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado 1 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Florencia para que, de manera inmediata, continúe con el trámite y adopte la decisión que corresponda.

Al juzgado de especialidad administrativa se le hizo una advertencia para que, en lo sucesivo, cuando considere que carece de competencia para conocer de una acción de tutela y estime configurado un conflicto negativo de competencia, remita directamente el expediente a la autoridad judicial competente para resolverlo, sin disponer previamente su envío a un tercer despacho judicial, de conformidad con las reglas jurisprudenciales fijadas por esta Corporación en la materia.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 19 de mayo de 2026, proferido por el Juzgado 001 de Ejecuci�n de Penas y Medidas de Seguridad de Florencia, dentro de la acci�n de tutela instaurada por Yina Paola Rengifo, en calidad de representante legal de la Junta de Acci�n Comunal del centro poblado Bajo Brasil del municipio de Suaza contra el Instituto Nacional de V�as .
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5425 al Juzgado 001 de Ejecuci�n de Penas y Medidas de Seguridad de Florencia , para que, de manera inmediata, contin�e con el tr�mite y adopte la decisi�n que corresponda .
  3. TERCERO. �ADVERTIR al Juzgado 001 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Neiva, para que, en lo sucesivo, cuando considere que carece de competencia para conocer de una acci�n de tutela y estime configurado un conflicto negativo de competencia, deber� remitir directamente el expediente a la autoridad judicial competente para resolverlo, sin disponer previamente su env�o a un tercer despacho judicial, de conformidad con las reglas jurisprudenciales fijadas por esta Corporaci�n en la materia.
  4. CUARTO. Por la Secretar�a General, COMUNICAR la presente decisi�n a la accionante y a los Juzgados , 001 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Neiva y 001 Penal del Circuito de Garz�n. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital. Archivo �0003AccionTutela.pdf�. [2] Ibid. [3] Ibid. [4] Ibid. [5] Para sustentar lo expuesto, el Juzgado 001 de Ejecuci�n de Penas y Medidas de Seguridad de Florencia cit� los art�culos 1 y 2.2.3.1.2.1 del Decreto 333 de 2021 y 37 del Decreto 2591 de 1991 [6] Expediente digital. Archivo �0001ActuacionesJuzgadoFlorencia.pdf� [7] El Juzgado 001 Administrativo Oral del Circuito de Neiva, fundament� sus argumentos con base en lo dispuesto en los art�culos 1 y 2.2.3.1.2.1 del Decreto 333 de 2021 y 37 del Decreto 2591 de 1991, as� como en los autos 079 de 2010 y 196 de 2011 de la Corte Constitucional. [8] Expediente digital. Archivo �0002AutoFaltaCompetenciaNeiva.pdf�. [9] Para sustentar lo expuesto, el Juzgado 001 Penal del Circuito de garz�n cit� el art�culo 37 del Decreto 2591 de 1991 y el Auto 236 de 2026 de la Corte Constitucional. [10] Expediente digital. Archivo �0006ConflictoNegativoCompetencia.pdf�. [11] Expediente digital. Archivo �Correo envio ICC5425.pdf� [12] Auto 418 de 2020. [13] Autos 411, 412 y 418 de 2020 y 018 y 021 de 2021 y 540 de 2025. [14] Autos 418 de 2020 y 540 de 2025. [15] Auto 158 de 2018. [16] Auto 540 de 2025. [17] Autos 022 de 2021, 329, 981, 979 y 1216 de 2025. [18] Autos 022 de 2021, 329 y 1216 de 2025.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
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The bench that decided

No bench composition is recorded for this decision. For tutela rulings and orders, often only the reporting justice is known.
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How it connects

This decision has no citations or indexed topics in the Court's graph yet.